El tribunal oral en lo penal impuso al acusado tres años de internación en un hospital siquiÔtrico y, a continuación, tres años de custodia y tratamiento a cargo de su familia.
Tras la realización de un juicio oral se comprobó la responsabilidad del acusado Rodemir Ortiz VĆ”squez en un homicidio ocurrido en julio del aƱo 2015, en la comuna de Alto Hospicio, cuando el acusado golpeó con un elemento contundente varias veces en la cabeza a la vĆctima, AndrĆ©s Astorga Mamani, con quien se encontraba descargando un camión, provocĆ”ndole la muerte por un traumatismo encĆ©falo craneano abierto complicado.
Si bien la FiscalĆa habĆa solicitado se impusiera al acusado la medida de seguridad de 10 aƱos y un dĆa de internación en un centro siquiĆ”trico, ya que el peritaje mĆ©dico estableció que el acusado mantenĆa y mantiene una perturbación psĆquica grave que determina un estado de permanente enajenación; el tribunal oral en lo penal resolvió imponerle la medida de seguridad de 3 aƱos de internación en un establecimiento siquiĆ”trico y a continuación, tres aƱos de custodia y tratamiento a cargo de su familia.
En el juicio oral, el fiscal de Alto Hospicio, HĆ©ctor López, presentó los testimonios de un testigo que estuvo con los involucrados antes de los hechos y los vio bebiendo alcohol, y de un familiar del acusado que conversó con Ć©ste despuĆ©s del homicidio, recibiendo su relato sobre que la vĆctima habrĆa intentado violarlo y por eso lo golpeó.
TambiĆ©n declararon los funcionarios y peritos de la PolicĆa de Investigaciones que participaron en el caso, el mĆ©dico legista que dio cuenta de las mĆŗltiples lesiones en el crĆ”neo que sufrió la vĆctima y le causaron la muerte; y un mĆ©dico siquiatra que confirmó que el acusado presenta una discapacidad intelectual grave, catalogable como locura o demencia, siendo una condición tratable pero no curable.
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