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Fiscalía logró condena contra representantes de empresas por internación de obras ilícitas

Una fiscalización de Aduanas permitió encontrar una carga de 101 cajas que contenían maletas y mochilas con reproducciones de conocidos personajes animados, como Frozen, Princesas  Cars y Ben 10, entre otros, sin contar con las autorizaciones de las marcas respectivas.

 

 

Con la prueba presentada en juicio por parte del fiscal Eduardo Ríos, el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique resolvió condenar a los imputados Irving Arias Morales y Jhasmil Zuñagua Chávez, ambos registrados ante Aduanas y Zona Franca para actuar en representación de empresas usuarias de Zofri, por su participación en la internación ilegal de mercadería con reproducciones de conocidos personajes.

 

De acuerdo a lo acreditado en el juicio oral, en marzo del año pasado, funcionarios de Aduanas realizaron un aforo físico a una mercancía de la empresa Inversiones Logan Spa, tramitada por su representante el imputado Irving Arias Morales, verificando que existían 101 cajas que contenían 4 mil 722 unidades de maletas y mochilas con ruedas, con reproducciones de conocidos personajes como Frozen, Princesas, Cars, Ben 10, Capitán América, Ironman, entre otros, sin contar con la autorización de las empresas Disney Entreprises Inc., The Cartoon Network Inc. y The Marvel para su utilización y comercialización.

 

Por ello Aduanas procedió a la retención de dicha mercadería, sin embargo, el embarque fue endosado por Arias Morales a la empresa Long Bosé Ltda, cuyo representante es el imputado  Jhasmil Zuñagua Chávez, quien ingresó tales productos infractores al sistema franco.

 

En el juicio, la Fiscalía presentó los testimonios de los funcionarios de Aduanas y la Policía de Investigaciones que participaron en la investigación de esta causa, así como los peritajes que confirmaron que las reproducciones de los personajes animados que tenían las mochilas y maletas no eran originales.

 

Finalmente, el tribunal resolvió condenar a ambos imputados, que no tienen condenas anteriores, a las penas de 41 días de presidio por la infracción a la Ley de Propiedad Intelectual consistente en internación de obras ilícitas.

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